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Escuela 110

ASOCIACIÓN DE PILOTOS Y PROPIETARIOS DE KARTING DE OLAVARRIA

REGLAMENTO TÉCNICO 2023 CATEGORIA ESCUELA 110 CC

F.R.A.D. 3 DEL SUDESTE

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ART. Nº 1: VIGENCIA:

El presente Reglamento tendrá vigencia a partir del 1º de Enero del 2023 hasta el 31 de diciembre del 2023, pudiendo ser prorrogado y/o modificado a exclusivo criterio de la Federación Regional de Automovilismo Deportivo Nº 3 zona Sudeste de la Provincia de Buenos Aires, para dar mayor paridad mecánica, seguridad y abaratar costos de preparación. 

 

ART. Nº 2: DISPOSICIONES GENERALES:

a) La interpretación del presente Reglamento, debe hacerse en forma absolutamente restrictiva, es decir que solo se permiten las modificaciones específicamente autorizadas. De la misma forma, las libertades están restringidas únicamente al elemento liberado. -

b) Ningún elemento podrá cumplir una función distinta de las específicamente previstas por el fabricante del vehículo en caso de ser un elemento original, o de la función prevista por el presente Reglamento en caso de ser un elemento no original del vehículo declarado. Se permiten intercambiar piezas de distintos modelos siempre que cumplan la misma función. -

c) Todos los elementos del vehículo no especificados en este Reglamento Técnico, deberán ser originales de fábrica. En caso de reclamaciones o verificaciones, la Comisión Técnica de esta Federación Regional, utilizara para su cometido como elemento patrón para su control LAS PIEZAS ORIGINALES DE FABRICA. -

d) A los señores preparadores, corredores, mecánicos y concurrentes, toda consulta respecto a la interpretación y aplicación de este Reglamento Técnico, deberá hacerse por escrito ante el Comité Ejecutivo de esta Federación Regional, quien se reserva el derecho de aprobar o no todo aquello que no esté especificado en el mismo, y se estará conforme a lo que ésta dictamine.

e) El solo hecho de participación en las competencias implica por parte de los pilotos, mecánicos, concurrentes, etc., el total conocimiento y aceptación de las condiciones y especificaciones del presente REGLAMENTO.

f) Se prohíbe el uso de titanio y fibra de carbono con excepción en rodamientos.

g) Aclaraciones:

• Se entiende por similar: A toda pieza de diferente fabricante, con las características de la original.

• Se entiende por opcional: A optar por tener o quitar una pieza.

• Se entiende por libre: La libertad de su trabajo o cambio, pero el elemento debe estar. -

 

ART. Nº 3: MOTORES:

Los motores permitidos serán. Tipo CUB de origen chino. No se permite japonés.  

 

ART. Nº 4: CARTER:

Cárter original del motor, formas y dimensiones externas e internas originales. No se puede alterar la posición y medidas originales de los espárragos y/o tornillos. Es obligatoria la utilización de junta en el armado de ambas partes.

 

ART. Nº 5: CILINDRO:

 Se podrán intercambiar entre las distintas marcas de motos. Material: aluminio o fundición refrigerado por aire, debiéndose respetar la cilindrada al momento de la revisación.

Diámetro Máximo: 54.50mm para recorrido de 49.50mm, 51.50mm para recorrido de 55.50mm.

Altura del cilindro 69mm +/- 0,20mm para el de 52,4mm de diámetro y 78mm +/- 0,20mm para el de 50mm de diámetro. Material fundición de hierro o aluminio.

Cilindrada máxima: Hasta 116.60cc

Rectificar en su centro, parte superior e inferior encuadrado, dentro de los agujeros de los espárragos. Rectificar cilindro en su centro, no se permite el cromado. La cilindrada máxima no tiene tolerancia.  Se medirá la camisa en toda su circunferencia y la tolerancia máxima será de 0,20mm.

 

ART. Nº 6: TAPA DE CILINDRO:

Original del motor en su forma y sus dimensiones. Terminación superficial original.

Conductos de admisión en la entrada 24,8mm máximo y en el casquillo de admisión 19,5mm+/-0,2.

Conducto de escape, en la salida diámetro máximo 23mm y en el casquillo 17,5mm +/-0,2. En los conductos de admisión y escape se tiene que observar perfectamente los nervios que deja la matriz y deberá poseer sagrinado original en sus conductos. Sujeto a verificación técnica, se prohíbe el uso de 3 (tres) o más válvulas.

Junta de tapa de cilindro: Deberá poseer junta, de espesor y material libre.

La bujía no debe sobrepasar el cielo de la tapa de cilindro, se permite suplementar la bujía con una arandela de 10mmde diámetro por 1mm de espesor, el largo de la rosca de la bujía será de 11,50mm por 10,00mm de diámetro.

Compresión: deben cubicar como mínimo 13 cm3 hasta la parte superior de la rosca de la bujía.
Deberá poseer Junta base de cilindro.
Se medirá con bureta con barredor

ART. Nº 7: RESORTES DE VÁLVULAS:

Debe llevar dos resortes por válvula originales. Interior 7 vueltas, exterior 6 vueltas. Arandela de acero 0,80 mm (+/- 0,20) en la base del resorte exterior.

Prohibido el uso de resortes de competición.

 

ART. Nº 8: ARBOL DE LEVAS:

Árbol de levas original del modelo. Cruce y alzada original.

No se permite el uso de dispositivos para cambio de punto en su masa. Se permite ejecutar correderas en el engranaje de mando. El acople entre el engranaje y el árbol de levas deberá ser realizado con los 3 tornillos.

Medidas de alzada de camon de levas:

Camon admisión 5,56mm +/- 0,20mm

Camon escape 5,32mm +/- 0,20mm

Se medirá entre centros, con comparadores apoyados sobre los platillos, sin luz de valvulas y con transportador acoplado a la leva. Dicha medida sera de 106° +/- 1°. 

 

ART. Nº 9: GUÍAS DE VÁLVULAS:

Originales o del mercado de reposición, (no está permitido de bronce) respetando sus medidas originales, 33mm de longitud, deben ser de material magnético.

ART. Nº 10: VALVULAS:

Originales o similares de venta comercial, respetado solamente las dimensiones de vástago, plato, para admisión y escape.

Escape: Cabeza 20,00mm ± 0,50mm. Vástago 5mm Largo 65,00mm ± 0,5mm.

Admisión: Cabeza 23,00mm ± 0,5mm. Vástago 5mm Largo 65,90mm ± 0,5mm.

Se prohíbe el uso de válvulas de competición y de origen japonés.

Prohibida su preparación.

 

ART. Nº 11: PLATILLO DE VALVULAS:

Originales o similares en forma y dimensiones.

 

ART. Nº 12: BALANCINES:

Originales o similares. Manteniendo ángulo y demás medidas originales. Se prohíbe su rellenado.

 

ART. Nº 13: PISTON:

 Original del motor o provisto para motores de gran serie de origen chino, manteniendo la forma, dimensiones y la cantidad de aros (tres). Prohibido cualquier trabajo adicional sobre el mismo. Prohibido cualquier tipo de mecanizado. Prohibido la utilización de origen Japón

Está permitido el uso de pistones de cabeza plana o cóncava, para motores de carrera corta o carrera larga.

 

ART. Nº 14: AROS:

 Tipo original. Cantidad 3 (tres) aros, (dos planos y uno de aceite). Todos los aros deben estar en funcionamiento (activos) y mantener la posición original, los dos aros de compresión espesor 1mm+/-0,10, aro rasca aceite 2mm+/-0,10, forma original. Se permite aro japonés

 

 ART. Nº 15: PERNO DE PISTÓN:

 Original o del mercado de reposición. Diámetro 13mm, prohibido su desplazamiento, cilíndrico en su interior

 

ART. Nº 16: CIGÜEÑAL:

Original de material magnético con recorrido 55,50 mm. o 49,50 mm prohibido desplazamiento del muñón.

estándar original. Prohibido su maquinado.

Peso del cigüeñal:

EJE LARGO carrera corta 2.030g, carrera larga 2.190g. Tolerancia +- 50g. Sujeto a revisión.

EJE CORTO carrera corta 1.940g, carrera larga 2.105g. Tolerancia +- 50g. Sujeto a revisión

 

ART. Nº 17: BIELA:

 Original manteniendo el material magnético, con las medidas originales.-carrera corta: 94mm de largo ,13mm de perno pistón y 25 mm de muñón, carrera larga: 102mm de largo ,13mm d perno de pistón y 25 ,10 mm de muñón.

Se prohíbe su preparación.

 

ART. Nº 18: CARBURADOR:

Original del motor o su recambio igual al original, de nacionalidad China y de cortina de diámetro 15,0mm.

Se prohíbe eliminar el cebador o modificar las dimensiones de sus componentes.

Se prohíbe modificar el cuerpo del carburador en su interior o exterior.

Prohibido modificar las dimensiones de la aguja y del emulsionador.

La posición de la traba de aguja en altura será libre, dentro de las ranuras originales.

El diámetro de paso de combustible en gliceurs de alta y baja será libre.

Se prohíbe el uso de gliceurs regulable.
 

ART. Nº 19: FILTRO DE AIRE:

Libre en su forma. Prohibido cualquier clase de sistema de forzador u orientador de aire en su interior. Prohibido el uso de venturi o cono dentro de él. Debe terminar en canto vivo a la entrada del carburador.

ART. Nº 20: TUBO DE ADMISIÓN:

Del tipo original (aluminio) o de mercado de reposición. Su interior debe tener su rugosidad original. Se podrá orientar hacia delante o hacia atrás.

No se permite de competición.

 

ART. Nº 21: EMBRAGUE:

 cualquiera sea el embrague a usar deberá ser original sin alteraciones. Piñón 17 dientes. Corona 69 dientes. No se permite trabar.

 

 

ART. Nº 22: ENCENDIDO:

 Volante original o del mercado de reposición. No se permite su alivianado, el punto debe ser original con su chaveta, CDI original de origen CHINO.

 

ART. Nº 23: CAPTOR:

 Original o de mercado de reposición. Debe estar en su fijación original, está prohibido realizar corredera para corregir su punto.

 

ART. Nº 24: BUJÍA:

Rosca original, paso 10mm por 1mm, grado térmico libre.   Se permite usar bujías de Iridium y punta de platino.

 

ART. Nº 25: SISTEMA DE ARRANQUE Y LLAVE DE CORTE:

Es obligatorio su uso en perfectas condiciones de funcionamiento. Debe poseer llave de corte con el sistema eléctrico completo y en funcionamiento.

Se permite extraer el eje de la patada y todo su mecanismo interno.

ART. Nº 26: ALTERNADOR:

De uso y funcionamiento obligatorio. Carga opcional.

Solo se debe usar una llave de corte y un botón de arranque.

El bobinado del alternador deberá ser original, prohibido su rebobinado.

ART. Nº 27: BATERÍA:

Deberán estar perfectamente fijadas en zona de chasis o motor.

ART N°28: CDI

El CDI deberá ser el original de motor, con 4 o 5 conectores. CHINO. Se prohíbe el uso de CDI de competición o marca PIETCARS en cualquiera de sus modelos.

El Comisario Técnico (C.T.) dispondrá del cambio del CDI provisto por la categoría en cualquier momento de la competencia. El cambio del CDI se realizará a sorteo entre los pilotos y/0 concurrentes que el C.T designe. Los CDI provistos por la categoría serán de nacionalidad China de marca reconocida. 

 

ART. Nº 29: TRANSMISIÓN SECUNDARIA:

Libre

 

ART. Nº 30: CAJA DE CAMBIOS:

La caja deberá estar trabada en cuarta velocidad y se deberá anular el eje de pre selectora y tapar el orificio de salida del mismo.

La caja de cambios deberá estar completa al momento de la revisación técnica.

Cuarta marcha: 24-23 dientes.

 

ART. Nº 31: ESCAPE:

 Lo proveerá la categoría, serán de marca DM directo de fábrica. En cualquier momento de la competencia el cuerpo técnico queda autorizado al cambio de escape si así lo decidiera. Una vez entregado la categoría no se hará responsable por roturas y/o daños.

El escape debe estar perfectamente fijado y no puede sobrepasar los límites naturales del vehículo. 

ART. Nº 32: PRECINTOS DE MOTOR:

 Deberán poseer precintos en: tapa de válvulas, carburador, tubo de admisión, tapa de embrague y encendido, sin excepción.

ART. Nº 33: CHASIS:

Libre de fabricación Nacional homologado o habilitado por la CNK –CDA con eje rígido y sin suspensiones de ningún tipo.

• FRENOS: Libres, solamente trasero.

• TROMPA, BABERO Y PONTONES: Uso obligatorio, homologado de plástico flexible o plástico inyectado, prohibido utilizar chapa. La Trompa deberá estar montada por dos ganchos reglamentarios que solo podrán precintarse a la barra de la trompa para no perderlos, prohibido trabarlos y un soporte de seguridad. No podrá estar fija. Si durante la competencia pierde uno de estos elementos no será motivo de exclusión, pero debe dar el peso mínimo estipulado sin él. Debiendo reparar para la siguiente prueba. Prohibido utilizar chapa ni aluminio. Prohibido fijar los lastres en estos elementos de seguridad.

• PARAGOLPES TRASERO: OBLIGATORIOS. Deberá cubrir el ancho de los neumáticos traseros. Deberá tener un caño que una los dos largueros del chasis en la parte trasera montado en los bulones de la defensa, diámetro del mismo 16 mm. Deberá ser de una altura no mayor a los ¾ de la altura de la goma inflada normalmente y de un ancho no mayor a la medida externa de las llantas colocadas en su eje. Será de uso opcional, la utilización del nuevo paragolpes trasero envolvente de una sola pieza en material plástico, homologado o habilitado por la CNK del A.C.A.

• PISO: Deberá ser de material rígido o aluminio y cubrirá desde la parte delantera hasta la butaca. -

• BUTACA: Debe estar construida en material plástico rígido de manera tal que el piloto quede impedido para desplazarse lateralmente y hacia adelante. -

• DIRECCIÓN: Debe estar accionada por un volante, queda absolutamente prohibido todo comando flexible por cable o cadena, todas las uniones del sistema deberán estar con chavetas pasantes o tuercas autofrenantes.-

• PUNTA DE EJES: Las mismas no podrán sobresalir del plano externo del labio de la cubierta. -

• PEDALES: La posición de los pedales no deben exceder el perímetro del chasis en el momento de ser accionados. -

• LLANTAS: Libres de fabricación Nacional. -

• VOLANTE DE CONDUCCION: Prohibido la utilización de volantes de madera, deberán estar forrados en cuero u material blando, preferentemente aquellos homologados para competición, pudiendo su tercio superior ser recto.

• TANQUE DE COMBUSTIBLE: Deberá ser colocado debajo de la torre de dirección perfectamente anclado y con sus conexiones colocadas de manera que impidan el venteo de combustible. Deberá ser de material plástico apto para almacenar combustible. Deberá ser de color transparente únicamente, a fin de que exteriormente se observe el combustible allí contenido. 

 

ART. Nº 34: CAMBIO DE MOTOR:

Se permitirá el cambio de motor. Este cambio de motor durante una carrera implica la pérdida del tiempo de clasificación o retraso en la largada a la última fila en caso de una serie o de una final.

El motor retirado debe quedar en revisación técnica. El motor reemplazado debe cumplir con el reglamento técnico, sino determinará automáticamente la exclusión total de la competencia. Se deberá solicitar la autorización al Comisario Técnico para el cambio.

ART. Nº 35: NEUMATICOS:

 Solo se podrán usar los autorizados por la categoría APPKO (Pronec sello Blanco). El juego de neumáticos a utilizarse es par angosto delantero y par ancho trasero.

Se les proporcionara la cantidad de 4 juegos a emplearse durante todo el año. Las mismas se rotularán en el pasaporte entregado por la técnica, al inicio de cada competencia.

La revisión de las cubiertas declaradas en los pasaportes por los pilotos, se realizarán una vez terminadas las finales, quedando a criterio del C.T. cuales son los kart que quedarán en el parque cerrado. De haber sobrepasado el límite de las cubiertas permitidas o correr con cubiertas sin declarar será motivo de exclusión directa de dicha competencia.

 

 

 

 ART. Nº 36: IDENTIFICACION:

 Durante todas las competencias los vehículos participantes deberán llevar en los lugares establecidos en el presente artículo, él número identificatorio que le ha asignado a cada uno de los pilotos la APPKO, colocando una placa de 20 x 20 cm. en la parte delantera sobre la columna de dirección y otra en el paragolpes trasero y ambos pontones y que sea perfectamente legible. Fondo Negro con números Amarillos.

Si la numeración no se lee perfectamente, el piloto será comunicado por el comisario técnico y registrado en una planilla para todo el año calendario. En caso de reincidir con esta anomalía será comunicado al comisario deportivo y excluido de la competencia.

Su fijación debe ser tal que no se suelte con las vibraciones del Karting durante la competencia. En todos los casos, si durante el transcurso de una competencia se suelta alguna de las placas identificatorias, ello no será motivo de parar a reparar, sino que el piloto se hace responsable por cualquier inconveniente que surja en el planillaje, no teniendo derecho a ningún reclamo.

Se deberá inscribir en el Karting o casco protector, el nombre del Piloto y el grupo sanguíneo, con caracteres suficientemente legibles.

ART. Nº 37: EDADES MÍNIMAS DE LOS PILOTOS:

 Se permite comenzar con 6 años cumpliendo 7 años en el año calendario, y hasta 11 años cumpliendo 12 años durante el año calendario. 

 ART. Nº 38: PESOS MINIMOS:

En el orden de llegada con piloto y toda su vestimenta reglamentaria, el peso debe ser 120 kg.

El lastre se colocará fijo al chasis o a la butaca, en lugar bien visible, abulonado con tornillos de 8 mm. Como mínimo de diámetro, arandelas planas de vuelo y tuercas autofrenantes. Se prohíbe colocar lastres con precintos. La falta de cumplimiento de este artículo determinará directamente la exclusión y podrá además ser penalizada.

Sobrepasados los 10kg y sin lastre, se permitirá cubicar con 0,50cc menos de líquido.

Por cada 5kg de exceso sobre los 10 kg antes mencionados, se permitirá cubicar 0,50cc menos de líquido.

A todo aquel piloto que sobrepase los 140 kg (ciento cuarenta) y sin lastre se le permitirá usar el carburador de origen chino provisto en las motocicletas con motor tipo CUB 125 (Ej Gilera Futura 125cc)
 

ART. Nº 39. COMUNICACIÓN:

 No se permite la utilización de equipos de comunicación

 

 

ART. Nº 40. SENSORES:

 Deberán estar fijados en la butaca del lado contrario al motor en la posición posterior a la tireta de soporte de la misma.

ART. Nº 41: BOBINA DE ALTA:

Deberá ser original de origen CHINO. Cable de bujía original y se permite cambiar el capuchón de bujía.

ART 42: COMBUSTIBLE:

Todas las categorías se procederán a la medición de los niveles de octanos en el combustible de los karts participantes. Dicha medición la dispondrá el Comisario Técnico en cualquier momento de la competencia (clasificación, series y/o finales).

El nivel máximo permitido no podrá superar los 100 octanos, caso contrario, quien no cumpla con este requisito quedará excluido de la competencia.

Nafta súper de YPF, SHELL, ESSO, OIL y PETROBRAS contienen 95 octanos, mientras que PODIUM, PREMIUM E INFINIA, no superar los 99 octanos. Estos datos fueron extraídos de las estaciones de servicio antes mencionadas.

Se utilizará nafta de uso comercial de surtidor, apta para vehículos terrestres, habitualmente comercializadas por las denominadas estaciones de servicio, sin ningún tipo de aditivos.

Se procederá a la medición del combustible en: Clasificación, series y/o finales, con maquina provista por la categoría y cuando el comisario técnico lo requiera.

Se tolerará una diferencia máxima de 12 unidades, partiendo de un patrón de nafta limpia, provista por la categoría.

El Comisario Técnico tendrá la potestad de requerir el cambio de combustible en cualquier momento de la competencia, el cual será provisto por la categoría.

ART 43: BOMBA DE NAFTA

Se permitirá el uso de la bomba al eje y/o bomba de vacío (opcional). La toma de vacío será desde el tubo de admisión.

 

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